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La Ley 189 de 17 de diciembre de 2020 reforma el Código Fiscal para crear un régimen especial de impuesto sobre la renta aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas, a los empresarios y a los emprendedores. Esto representa un ajuste considerable respecto a la tarifa impositiva que se aplicaba tanto a las personas naturales y jurídicas respecto a sus ingresos producto de actividades comerciales en la República de Panamá.
Para ello es importante conocer las distintas categorías que componen las MIPYMES:
Por tanto, con esta reforma las personas naturales tendrán como impuesto a pagar sobre la renta neta gravable la siguiente tarifa progresiva basada en sus ingresos:
En el caso de las personas jurídicas, las mismas tendrán como impuesto a pagar sobre la renta gravable la siguiente tarifa progresiva basada en sus ingresos:
Además las empresas jurídicas quedarán exentas del pago del impuesto complementario.
Para gozar de los mencionados beneficios las personas naturales o jurídicas deberán:
Por: Luis Fernando Fuentes[:]